Los derechos fundamentales se pueden clasificar, históricamente, por generaciones. Esta clasificación está referida a rupturas históricas y revoluciones sociales donde la humanidad exigió nuevas protecciones frente al poder.

Cada generación está marcada por un valor fundamental (libertad, igualdad, solidaridad y tecnología) y se inicia con un evento histórico transformador que cambió las leyes del mundo.

1. Primera Generación: Derechos Civiles y Políticos.

Surgieron tras la Revolución Francesa, de la lucha de la burguesía y los ciudadanos, para poner límites al poder absoluto de los reyes y buscan limitar al poder del Estado, y garantizar la libertad individual.

La proclamación de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), sepultó el Antiguo Régimen absolutista y estableció que todos los hombres nacen libres e iguales en derechos

A este nivel tenemos el derecho a la vida, a la integridad, a la libertad de expresión, libertad de tránsito, derecho al voto y a la participación política.

2. Segunda Generación: Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Surgieron a finales del siglo XIX e inicios del XX como respuesta a la Revolución Industrial.

Debido a las pésimas condiciones de vida y explotación laboral que trajo la Revolución Industrial, la clase obrera exigió que, las libertades de la primera generación no fueran sólo un papel, sino una realidad con condiciones dignas.

El Estado ya no debe ser espectador, sino que se exige su intervención para asegurar condiciones de vida dignas.

La Revolución Mexicana de 1917 y la consecuente promulgación de la Constitución de Querétaro de 1917 es, históricamente, la primera constitución del mundo en incluir los derechos sociales (como el derecho a la tierra de los campesinos y las jornadas laborales de 8 horas para los obreros), adelantándose a la Constitución de Weimar en Alemania.

A este nivel tenemos el derecho a la salud, a la educación, al trabajo, a una remuneración equitativa y a la huelga.

3. Tercera Generación: Derechos de Solidaridad o de los Pueblos

Nacieron a finales del siglo XX para responder a los retos de la globalización y proteger intereses colectivos. al constatar que las guerras globales, el colonialismo y la contaminación ambiental amenazaban la supervivencia de toda la humanidad.

Se entendió que los derechos ya no correspondían sólo al individuo, sino a comunidades enteras. Exige la cooperación de todos los países del planeta para poder cumplirse, ya que la contaminación o la guerra no respetan las fronteras nacionales.

El fin de la Segunda Guerra Mundial (1945) y la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Impulsaron la redacción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, iniciando los procesos de descolonización en África y Asia, y sembrando la necesidad de defender la paz global y el medio ambiente

A este nivel tenemos el derecho a un medio ambiente equilibrado y adecuado a la vida, derecho a la paz, al desarrollo sostenible y la protección de los derechos de los consumidores.

4. Cuarta Generación: Derechos de la Sociedad de la Información, Digitales y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)

Son los derechos emergentes propios del siglo XXI, vinculados directamente al desarrollo tecnológico, el acceso a la red y el entorno digital, el valor de la identidad y la inclusión digital.

Aparecieron ante la necesidad de defender al ser humano en el entorno virtual.

El almacenamiento masivo de datos de los ciudadanos en servidores y la pérdida de la privacidad obligaron al derecho constitucional a expandirse hacia el mundo digital.

Se busca evitar que la tecnología discrimine a las personas, que los gobiernos controlen la mente de los ciudadanos mediante algoritmos o que las empresas mercadeen con la vida privada.

La masificación del internet y la Web 2.0 (década de 1990 y inicios del 2000), la llamada Revolución Digital es el punto de inflexión legal a nivel global que se consolida con las primeras leyes de protección de datos personales a gran escala, la lucha por la neutralidad de la red y, a nivel regional, con sentencias de cortes internacionales sobre el derecho al olvido y la autodeterminación informativa

A este nivel tenemos el derecho de acceso a internet, la protección de datos personales frente a la inteligencia artificial (habeas data) y el derecho a la identidad digital.

En conclusión, los derechos fundamentales, en cada generación, abarcan desde lo más básico para cada persona; y, con el tiempo, se han ido ampliando a medida que la sociedad evoluciona o tecnifica.

Esta ampliación no sólo indica que los derechos fundamentales no son inmutables ni definidos, sino que, además, nos permite apreciar el desarrollo y la aspiración a un fin mayor: la humanidad.